Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social
Índice
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2016
F. entrada en vigor: 01/01/1995
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 313
F. Publicación: 31/12/1994
Preambulo
PREAMBULO
TITULO I. Normas tributarias
CAPITULO I. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 1. Reducción del rendimiento neto en estimación objetiva por signos, índices o módulos.
Artículo 2. Inclusión en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes.
Artículo 3. Gastos deducibles e incrementos y disminuciones de patrimonio.
Artículo 4. Integración de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de las Personas Físicas.
Artículo 5. Rentas irregulares.
CAPITULO II. Impuesto sobre el Patrimonio
Artículo 7. Bienes y derechos exentos.
CAPITULO III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Artículo 8. Supuestos especiales de aplazamiento y fraccionamiento.
CAPITULO IV. Impuesto sobre Sociedades
Artículo 9. Deducción por doble imposición internacional en el Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 10. Inclusión en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes.
Artículo 11. Deducción de gastos derivados de operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales.
Artículo 12. Valoración de las operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales.
CAPITULO V. Impuesto sobre el Valor Añadido
SECCION 1.ª EXENCIONES Y LUGAR DE REALIZACION DE LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS
Artículo 13. Exenciones.
Artículo 14. Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas especiales.
SECCION 2.ª DEDUCCIONES
Artículo 15. Deducciones.
SECCION 3.ª REGIMEN ESPECIAL DE LAS AGENCIAS DE VIAJE
Artículo 16. Agencias de viaje.
SECCION 4.ª REGIMEN ESPECIAL DE BIENES USADOS, OBJETOS DE ARTE, ANTIGÜEDADES Y OBJETOS DE COLECCION
Artículo 17. Régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
CAPITULO VI. Impuestos Especiales
Artículo 18. Devoluciones en los Impuestos especiales sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas.
Artículo 19. Exenciones, devoluciones y tipos reducidos del Impuesto sobre Hidrocarburos.
Artículo 20. Impuesto especial sobre Determinados Medios de Transporte.
CAPITULO VII. Impuestos locales
Artículo 21. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Artículo 22. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Artículo 23. Impuesto sobre Actividades Económicas.
CAPITULO VIII. Tasas
Artículo 24. Tasas por expedición de permisos de trabajo a ciudadanos extranjeros.
Artículo 25. Tasas exigibles por los servicios y actividades realizados por la Dirección General de la Policía y por el Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, dependientes del Ministerio de Justicia e Interior.
Artículo 26. Tasa exigible a la notificación de sustancias químicas nuevas.
Artículo 27. Tasas por controles de sanidad exterior realizados a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios.
CAPITULO IX. Otras normas financieras
Artículo 28. Modificaciones de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
TITULO II. Normas laborales y de la Seguridad Social
CAPITULO I. Procedimientos y organización de la Seguridad Social
Artículo 29. Procedimiento de recaudación de la Seguridad Social.
Artículo 30. Registro de Prestaciones Sociales Públicas.
Artículo 31. Suministro de información a las entidades gestoras de las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
CAPITULO II. Acción protectora del sistema de la Seguridad Social
Artículo 32. Reordenación de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social.
Artículo 33. Protección por maternidad.
Artículo 34. Modificación de la regulación de la invalidez permanente.
Artículo 35. Formalización de la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal.
Artículo 36. Efectos en la relación laboral de las situaciones de incapacidad temporal e invalidez permanente.
Artículo 37. Prestación por maternidad en los Regímenes Especiales.
Artículo 38. Gestión de las prestaciones de maternidad.
CAPITULO III. Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
Artículo 39. Modificaciones en materia de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
CAPITULO IV. Normas laborales
Artículo 40. Contrato a tiempo parcial.
Artículo 41. Fondo de Garantía Salarial.
Artículo 42. Movilidad geográfica.
Artículo 43. Publicidad de los convenios.
Artículo 44. Programa de Fomento del Empleo para 1995.
Artículo 45.
CAPITULO V. Procedimiento laboral
Artículo 46. Reclamación previa a la vía judicial.
Artículo 47. Efectos de las sentencias que declaren la nulidad de la decisión empresarial en los casos de modificación de las condiciones de trabajo.
Artículo 48. Legitimación.
CAPITULO VI. Mutualismo administrativo y Clases Pasivas
Artículo 49. Cómputo de servicios en pensiones de Clases Pasivas.
Artículo 50. Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
Artículo 51. Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Artículo 52. Régimen Especial de los Funcionarios de a Administración de Justicia.
TITULO III. Del personal al servicio de las Administraciones Públicas
CAPITULO I. Retribuciones
Artículo 53. Complemento de destino correspondiente a los cuerpos docentes en los niveles educativos anteriores a la universidad.
Artículo 54. Profesorado previsto en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Artículo 55. Secretarios de la Administración de Justicia, técnicos facultativos y médicos forenses.
Artículo 56. Modificación del régimen retributivo de los funcionarios de la Administración de Justicia.
CAPITULO II. Otras normas reguladoras del régimen de los funcionarios públicos
Artículo 57. Convocatoria de provisión de plazas de formación sanitaria especializada.
Artículo 58. Relaciones de puestos de trabajo.
Artículo 59. Puestos que pueden ser desempeñados por personal laboral.
Artículo 60. Promoción interna en convocatorias independientes.
Artículo 61. Promoción interna del grupo D al C.
Artículo 62. Cambio de denominación de cuerpos y escalas de funcionarios.
Artículo 63. Integración de determinado personal en los cuerpos de funcionarios docentes.
Artículo 64. Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.
Artículo 65. Situación de servicios especiales. Ley 17/1989, Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional.
TITULO IV. Normas de gestión y Organización
CAPITULO I. Normas de gestión
Artículo 66. De la contratación del transporte escolar.
Artículo 67. De la contratación del transporte del personal de Instituciones Penitenciarias.
Artículo 68. Normas de gestión de los créditos cofinanciados por la Unión Europea.
Artículo 69. Pagos a justificar.
Artículo 70. Intervención previa.
Artículo 71. Anticipo de caja fija del Ministerio de Defensa.
Artículo 72. Declaración de Urgente Ocupación.
Artículo 73. Declaración de obras de interés general.
Artículo 74. Obras de infraestructuras ferroviarias.
CAPITULO II. Normas de organización
SECCION 1.ª DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 75. Autorización al Presidente del Gobierno en materia de reestructuraciones administrativas.
Artículo 76. Reordenación de Organismos autónomos y entidades públicas.
SECCION 2.ª DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS, LAS SOCIEDADES ESTATALES Y OTROS ENTES PUBLICOS
Artículo 77. Instituto de Turismo de España.
Artículo 78. Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
Artículo 79. Fondos de Garantía de Depósitos.
Artículo 80. Instituto de Crédito Oficial.
Artículo 81. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Garantía del Estado para obras de interés cultural.
D.A. 2ª. Ayudas a los afectados por el VIH previstas en el Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, por el que se concede ayudas a los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), como consecuencia de estudios realizados en el sistema sanit...
D.A. 3ª. Apertura de plazo de solicitudes de indemnización a favor de quienes sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía.
D.A. 4ª. Tributación de las distribuciones de beneficios a sociedades matrices residentes en los Estados miembros de la Unión Europea.
D.A. 5ª. Subvenciones de la política agraria comunitaria.
D.A. 6ª. Deducción por dividendos.
D.A. 7ª. Haciendas Locales.
D.A. 8ª. Concesión de incentivos fiscales y subvenciones a los residentes en el resto de la Unión Europea que no lo sean en territorio español.
D.A. 9ª. Sanciones en la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, y en la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
D.A. 10ª. Caja General de Depósitos.
D.A. 11ª. Ordenación de los transportes terrestres.
D.A. 12ª. Régimen de Seguridad Social de los Funcionarios de la Administración General del Estado.
D.A. 13ª. Créditos otorgados por el extinguido Fondo Nacional de Protección al Trabajo.
D.A. 14ª.
D.A. 15ª.
D.A. 16ª. Modificaciones del artículo 53 de la Ley 8/1980, del Estatuto de los Trabajadores.
D.A. 17ª. Seguros de Riesgos en Actos de Servicio del Personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
D.A. 18ª.
D.A. 19ª. Régimen de depósito distinto de los Aduaneros (anexo).
D.A. 20ª. Complementos para las situaciones de incapacidad laboral transitoria e invalidez provisional.
D.A. 21ª. Suministro de información a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
D.A. 22ª. Normativa aplicable a los camineros del Estado.
D.A. 23ª.
D.A. 24ª. Modificación del artículo 75.1 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
D.A. 25ª. Modificación del artículo 78.1 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
D.A. 26ª.
D.A. 27ª.
D.A. 28ª.
D.A. 29ª. Consejo de Cooperación al Desarrollo.
D.A. 30ª. Plan de competitividad Altos Hornos de Vizcaya-Ensidesa.
D.A. 31ª.
D.A. 32ª. Imputación presupuestaria de los impagados de prestaciones económicas.
D.A. 33ª. Plan estratégico de SIDENOR.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Bienes de las instituciones eclesiásticas.
D.T. 2ª. Plazo de aprobación del tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
D.T. 3ª. Gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
D.T. 4ª. Mantenimiento transitorio del banco de datos de pensiones públicas.
D.T. 5ª. Incrementos y disminuciones de patrimonio.
D.T. 6ª. Continuidad de las situaciones declaradas de incapacidad laboral transitoria e invalidez provisional.
D.T. 7ª. Mantenimiento transitorio del procedimiento de declaración de la invalidez permanente.
D.T. 8ª. Adaptación de los Estatutos de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
D.T. 9ª. Consolidación de plazas temporales.
D.T. 10ª. Continuidad de las situaciones declaradas de incapacidad transitoria para el servicio e invalidez provisional en el régimen de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
D.T. 11ª. Continuidad de las situaciones declaradas de incapacidad transitoria para el servicio e invalidez provisional en el Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
D.T. 12ª. Continuidad de las situaciones declaradas de incapacidad transitoria para el servicio e invalidez provisional en el régimen de la Mutualidad General Judicial.
D.T. 13ª. Circulación intracomunitaria.
D.T. 14ª. Transporte público regular de viajeros en cada una de las islas de la Comunidad Canaria.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
D.DA. Unica.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Gestión de créditos presupuestarios en materia de clases pasivas.
D.F. 2ª. Autorización al Ministro de Economía y Hacienda para efectuar modificaciones presupuestarias para la aplicación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.
D.F. 3ª. Incapacidad temporal, maternidad y desempleo.
D.F. 4ª. Concepto de familia numerosa.
D.F. 5ª. Desarrollo reglamentario.
D.F. 6ª.
D.F. 7ª.
D.F. 8ª. Entrada en vigor.