Articulo 41 Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social
Articulo 41 Medidas Fisca...den Social

Articulo 41 Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 41. Fondo de Garantía Salarial.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


(DEROGADO)

El apartado 8 del artículo 33 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, queda redactado de la siguiente forma:

«8. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores, el Fondo de Garantía Salarial abonará el 40 por 100 de indemnización legal que corresponda a los trabajadores cuya relación laboral se haya extinguido como consecuencia del expediente instruido en aplicación del artículo 51 de esta Ley o por la causa prevista en la letra c) del artículo 52.

El cálculo del importe de este abono se realizará sobre las indemnizaciones ajustadas a los límites previstos en el número 2 de este artículo.»