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Residuos y suelos contaminados para una economía circular

Tiempo de lectura: 35 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 10/04/2022

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 85

F. Publicación: 09/04/2022


PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones y principios generales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. Subproductos. Artículo 5. Fin de la condición de residuo. Artículo 6. Clasificación y Lista europea de residuos.
CAPÍTULO II. Principios de la política de residuos y competencias administrativas
Artículo 7. Protección de la salud humana y el medio ambiente. Artículo 8. Jerarquía de residuos. Artículo 9. Autosuficiencia y proximidad. Artículo 10. Acceso a la información y a la justicia, y participación en materia de residuos. Artículo 11. Costes de la gestión de los residuos. Artículo 12. Competencias administrativas. Artículo 13. Comisión de Coordinación en materia de residuos.
TÍTULO I. Instrumentos de la política de residuos
Artículo 14. Programas de prevención. Artículo 15. Planes y programas de gestión de residuos. Artículo 16. Medidas e instrumentos económicos.
TÍTULO II. Prevención de residuos
Artículo 17. Objetivos de la prevención de residuos. Artículo 18. Medidas de prevención. Artículo 19. Reducción de residuos alimentarios.
TÍTULO III. Producción, posesión y gestión de los residuos
CAPÍTULO I. De la producción y posesión de los residuos
Artículo 20. Obligaciones del productor inicial u otro poseedor relativas a la gestión de sus residuos. Artículo 21. Obligaciones del productor inicial u otro poseedor relativas al almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado de residuos. Artículo 22. Residuos domésticos peligrosos.
CAPÍTULO II. De la gestión de residuos
SECCIÓN 1.ª Obligaciones en la gestión de residuos
Artículo 23. Obligaciones de los gestores de residuos.
SECCIÓN 2.ª Medidas y objetivos en la gestión de residuos
Artículo 24. Preparación para la reutilización, reciclado y valorización de residuos. Artículo 25. Recogida separada de residuos para su valorización. Artículo 26. Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización. Artículo 27. Eliminación de residuos.
SECCIÓN 3.ª Medidas de gestión para residuos específicos
Artículo 28. Biorresiduos. Artículo 29. Aceites usados. Artículo 30. Residuos de construcción y demolición.
SECCIÓN 4.ª Traslado de residuos
Artículo 31. Régimen de los traslados de residuos en el interior del territorio del Estado. Artículo 32. Entrada y salida de residuos del territorio nacional.
CAPÍTULO III. Régimen de autorización y comunicación de las actividades de producción y gestión de residuos
Artículo 33. Autorización de las operaciones de recogida y tratamiento de residuos. Artículo 34. Exenciones de los requisitos de autorización. Artículo 35. Comunicación previa al inicio de las actividades de producción y gestión de residuos. Artículo 36. Restablecimiento de la legalidad ambiental.
TÍTULO IV. Responsabilidad ampliada del productor del producto
CAPÍTULO I. Obligaciones del productor del producto. Disposiciones generales
Artículo 37. Obligaciones del productor del producto. Artículo 38. Cumplimiento de las obligaciones del productor del producto. Artículo 39. Cumplimiento voluntario de obligaciones del productor del producto. Artículo 40. Representante autorizado del productor del producto.
CAPÍTULO II. Requisitos mínimos generales aplicables al régimen de responsabilidad ampliada del productor
SECCIÓN 1.ª Disposiciones comunes sobre los regímenes de responsabilidad ampliada del productor
Artículo 41. Contenido mínimo de las normas que regulen regímenes de responsabilidad ampliada del productor.
SECCIÓN 2.ª Disposiciones comunes sobre el funcionamiento de los sistemas de responsabilidad ampliada
Artículo 42. Obligaciones relativas a la organización y a la financiación de la gestión de los residuos. Artículo 43. Alcance de la contribución financiera de los productores del producto a los sistemas de responsabilidad ampliada. Artículo 44. Convenios con las administraciones públicas que intervengan en la organización de la gestión de los residuos. Artículo 45. Acuerdos con otros operadores para la organización y financiación de la gestión de los residuos. Artículo 46. Autocontrol. Artículo 47. Transparencia y diálogo. Artículo 48. Confidencialidad de la información.
SECCIÓN 3.ª Constitución de los sistemas de responsabilidad ampliada
Artículo 49. Constitución de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada. Artículo 50. Constitución de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada. Artículo 51. Garantías financieras. Artículo 52. Incumplimiento de las obligaciones del régimen de responsabilidad ampliada del productor.
SECCIÓN 4.ª Supervisión, control y seguimiento de la responsabilidad ampliada del productor
Artículo 53. Obligaciones de información para el control y seguimiento de los sistemas de responsabilidad ampliada. Artículo 54. Supervisión del cumplimiento de las obligaciones.
TÍTULO V. Reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente
Artículo 55. Reducción del consumo de determinados productos de plástico de un solo uso. Artículo 56. Prohibición de determinados productos de plástico. Artículo 57. Requisitos de diseño para recipientes de plástico para bebidas. Artículo 58. Requisitos de marcado de determinados productos de plásticos de un solo uso. Artículo 59. Recogida separada de botellas de plástico. Artículo 60. Regímenes de responsabilidad ampliada del productor. Artículo 61. Medidas de concienciación. Artículo 62. Coordinación de medidas.
TÍTULO VI. Información
Artículo 63. Registro de producción y gestión de residuos. Artículo 64. Archivo cronológico. Artículo 65. Obligaciones de información. Artículo 66. Sistema electrónico de Información de Residuos.
TÍTULO VII. Medidas fiscales para incentivar la economía circular
CAPÍTULO I. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
Artículo 67. Naturaleza y finalidad. Artículo 68. Ámbito objetivo. Artículo 69. Ámbito de aplicación. Artículo 70. Tratados y Convenios. Artículo 71. Definiciones. Artículo 72. Hecho imponible. Artículo 73. Supuestos de no sujeción. Artículo 74. Devengo. Artículo 75. Exenciones. Artículo 76. Contribuyentes. Artículo 77. Base imponible. Artículo 78. Tipo impositivo. Artículo 79. Cuota íntegra. Artículo 80. Deducciones. Artículo 81. Devoluciones. Artículo 82. Normas generales de gestión. Artículo 83. Infracciones y sanciones.
CAPÍTULO II. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos
Artículo 84. Naturaleza y finalidad. Artículo 85. Ámbito de aplicación. Artículo 86. Tratados y Convenios. Artículo 87. Conceptos y definiciones. Artículo 88. Hecho imponible. Artículo 89. Exenciones. Artículo 90. Devengo. Artículo 91. Sujetos pasivos: contribuyentes y sustitutos del contribuyente. Artículo 92. Base imponible. Artículo 93. Cuota íntegra. Artículo 94. Repercusión. Artículo 95. Normas generales de aplicación del impuesto. Artículo 96. Infracciones y sanciones. Artículo 97. Distribución de la recaudación.
TÍTULO VIII. Suelos contaminados
Artículo 98. Actividades potencialmente contaminantes. Artículo 99. Declaración de suelos contaminados. Artículo 100. Sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de suelos contaminados. Artículo 101. Descontaminación y recuperación de suelos contaminados. Artículo 102. Recuperación voluntaria de suelos contaminados. Artículo 103. Inventario de declaraciones de suelos contaminados y de descontaminaciones voluntarias.
TÍTULO IX. Responsabilidad, vigilancia, inspección, control y régimen sancionador
CAPÍTULO I. Responsabilidad, vigilancia, inspección y control
Artículo 104. Alcance de la responsabilidad en materia de residuos. Artículo 105. Competencias y medios de vigilancia, inspección y control. Artículo 106. Vigilancia e inspección.
CAPÍTULO II. Régimen sancionador
Artículo 107. Sujetos responsables de las infracciones. Artículo 108. Infracciones. Artículo 109. Sanciones. Artículo 110. Graduación de las sanciones. Artículo 111. Potestad sancionadora. Artículo 112. Procedimiento. Artículo 113. Prescripción de las infracciones y sanciones. Artículo 114. Concurrencia de sanciones. Artículo 115. Medidas de carácter provisional. Artículo 116. Reparación del daño e indemnización. Artículo 117. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria. Artículo 118. Publicidad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Declaración de utilidad pública e interés social. D.A. 2ª. Regulación de las bolsas de plástico. D.A. 3ª. Residuos de las Illes Balears, Canarias, Ceuta y Melilla. D.A. 4ª. Aplicación de las leyes reguladoras de la Defensa Nacional. D.A. 5ª. Normas sobre protección de la salud y prevención de riesgos laborales. D.A. 6ª. Coordinación de garantías financieras. D.A. 7ª. Hechos imponibles regulados en esta ley gravados por las comunidades autónomas. D.A. 8ª. Tramitación electrónica. D.A. 9ª. Residuos reciclables. D.A. 10ª. Situaciones de emergencia. D.A. 11ª. Contratos en vigor de las entidades locales. D.A. 12ª. Registro Integrado Industrial. D.A. 13ª. Elaboración de guías. D.A. 14ª. Instalaciones y emplazamientos con amianto. D.A. 15ª. Protección de datos personales. D.A. 16ª. Regulación de los residuos de medicamentos. D.A. 17ª. Condiciones para la implantación del sistema complementario de depósito, devolución y retorno. D.A. 18ª. Control para la correcta gestión de buques al final de su vida útil. D.A. 19ª. Contratos reservados en la gestión de residuos textiles. D.A. 20ª. Responsabilidad Medioambiental de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. D.A. 21ª. Impuestos autonómicos sobre depósitos de residuos en vertederos, incineración y coincineración de residuos. D.A. 22ª. Fin de la condición de residuo para residuos empleados en la fabricación de productos fertilizantes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Subproductos y fin de condición de residuos. D.T. 2ª. Adaptación de los sistemas al nuevo régimen de responsabilidad ampliada del productor. D.T. 3ª. Garantías financieras. D.T. 4ª. Régimen transitorio de las autorizaciones y comunicaciones. D.T. 5ª. Compost inscrito en el Registro de productos fertilizantes. D.T. 6ª. Régimen del impuesto regulado en el capítulo II del título VII aplicable a determinados residuos industriales. D.T. 7ª. Régimen transitorio de la cesión del rendimiento y de la atribución de competencias normativas en relación con el impuesto regulado en el capítulo II del título VII. D.T. 8ª. Régimen transitorio de la atribución de competencias de gestión en relación con el impuesto regulado en el capítulo II del título VII. D.T. 9ª. Cálculo de los objetivos. D.T. 10ª. Acreditación de la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto. D.T. 11ª. Reglamentación en materia de envases y residuos de envases.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. Derogación normativa. D.DT. 2ª. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. D.F. 2ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. D.F. 3ª. Régimen fiscal de las donaciones de productos. D.F. 4ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 5ª. Habilitaciones a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. D.F. 6ª. Adecuación de la normativa a esta ley. D.F. 7ª. Residuos textiles, muebles y enseres, plásticos de uso agrario y residuos sanitarios. D.F. 8ª. Ordenanzas de las entidades locales. D.F. 9ª. Control de actividades de gestión de residuos relevantes para la seguridad ciudadana. D.F. 10ª. Adaptación del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra. D.F. 11ª. Títulos competenciales. D.F. 12ª. Incorporación de Derecho de la Unión Europea. D.F. 13ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Características de los residuos que permiten calificarlos de peligrosos ANEXO II. Operaciones de valorización ANEXO III. Operaciones de eliminación ANEXO IV. Productos de plástico de un solo uso ANEXO V. Ejemplos de instrumentos económicos y otras medidas para incentivar la aplicación de la jerarquía de residuos a que se refiere el artículo 8, apartado 2 ANEXO VI. Ejemplos de medidas de prevención de residuos contempladas en el artículo 14 ANEXO VII. Contenido de los planes autonómicos de gestión de residuos ANEXO VIII. Normas relativas al cálculo de la consecución de los objetivos ANEXO IX. Contenido de la solicitud de autorización de las instalaciones de recogida y tratamiento de residuos y de los gestores de recogida y tratamiento de residuos ANEXO X. Contenido de la autorización de las instalaciones de recogida y tratamiento de residuos y de los gestores de recogida y tratamiento de residuos ANEXO XI. Contenido de la comunicación de los productores y gestores de residuos del artículo 35 ANEXO XII. Contenido mínimo de la comunicación de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada ANEXO XIII. Contenido mínimo de la solicitud de autorización de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada ANEXO XIV. Obligaciones de información en materia de suelos contaminados y de descontaminaciones voluntarias ANEXO XV. Información requerida en la memoria anual prevista en el artículo 65 ANEXO XVI. Toma de muestras y análisis