Anexo 11 Residuos y suelos contaminados para una economía circular
Anexo 11 Residuos y suelo...a circular

Anexo 11 Residuos y suelos contaminados para una economía circular

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

ANEXO XI. Contenido de la comunicación de los productores y gestores de residuos del artículo 35

Vigente

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min


1. Contenido de las comunicaciones de las industrias o actividades productoras de residuos:

a) Datos de identificación de la empresa y de su representante legal; incluido el NIF de la empresa.

b) Datos de identificación del centro productor, incluyendo su ubicación identificada mediante dirección postal y coordenadas geográficas, definidas conforme al Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, y el código de actividades económicas (CNAE).

c) Cantidad estimada de residuos que se tiene previsto producir anualmente.

d) Residuos producidos en cada proceso identificados de conformidad con el artículo 6, y en su caso, caracterizados según el anexo I.

e) Las condiciones de almacenamiento en el lugar de producción.

f) Las operaciones de tratamiento previstas para los residuos, el contrato de tratamiento con el gestor de la instalación de tratamiento de los residuos, cuando se disponga del mismo, o en su defecto declaración responsable del productor en la que haga constar su compromiso de celebrar con el gestor de la instalación de tratamiento el correspondiente contrato de tratamiento.

g) Cualquier otro dato de identificación necesario para la presentación electrónica de la comunicación.

2. Contenido de las comunicaciones de las empresas que transportan residuos con carácter profesional:

a) Datos de identificación de la empresa y de su representante legal, incluido NIF y CNAE.

b) Contenido de la autorización de que disponga en virtud de la legislación vigente en materia de transporte de mercancías.

c) Residuos a transportar e identificados de conformidad con el artículo 6.

d) Cualquier otro dato de identificación necesario para la presentación electrónica de la comunicación.

3. Contenido de las comunicaciones que deben presentar los negociantes y agentes:

a) Datos de identificación de la empresa y de su representante legal, domicilio o sede social, incluido el NIF.

b) Descripción de las actividades que van a realizar.

c) Residuos identificados de conformidad con el artículo 6.

d) En el caso de los negociantes, acreditación documental del valor positivo de los residuos y, cuando tomen posesión física de los residuos, indicación de la instalación de almacenamiento. Asimismo, se incluirá información sobre el mecanismo para acreditar documentalmente al productor inicial u otro poseedor de los residuos que se ha llevado a cabo la operación completa de su tratamiento.

4. Contenido de las comunicaciones que deben presentar los gestores de las plantas móviles en cada comunidad autónoma:

a) Datos de identificación del gestor y de su representante legal, incluido el NIF y NIMA.

b) Datos de identificación de la instalación móvil autorizada, incluido el NIMA.

c) Ubicación, identificada mediante coordenadas geográficas, definidas conforme al Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, donde tendrá lugar el tratamiento; fecha de inicio y finalización del mismo.

d) Tipo y cantidad de residuos a tratar, identificados de conformidad con el artículo 6.

e) Tipo, cantidad y destino de los residuos generados, identificados de conformidad con el artículo 6.

f) Cualquier otro dato de identificación necesario para la presentación electrónica de la comunicación.

5. Contenido de la comunicación de las plataformas logísticas de la distribución será el siguiente:

a) Datos de identificación de la empresa y de su representante legal, domicilio o sede social, incluido el NIF.

b) Datos de identificación de las empresas distribuidoras a las que presta servicio de almacenamiento de residuos, domicilio o sede social, incluido el NIF.

c) Capacidad máxima de almacenamiento.

d) Tipo y cantidad estimada de residuos que se tiene previsto almacenar anualmente, identificados de conformidad con el artículo 6.

e) Condiciones de almacenamiento para los diferentes tipos de residuos.

f) Cualquier otra información exigida por la normativa reguladora de cada flujo de residuos.

g) Cualquier otro dato de identificación necesario para la presentación electrónica de la comunicación.

6. En la presentación de la comunicación se acompañará la documentación acreditativa de la suscripción de fianzas, seguros o garantías financieras equivalentes exigibles conforme a las normas aplicables.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-04-2022 en vigor desde 10-04-2022