Articulo 66 Residuos y suelos contaminados para una economía circular
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Articulo 66 Residuos y suelos contaminados para una economía circular

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Artículo 66. Sistema electrónico de Información de Residuos.

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dispondrá de un Sistema electrónico de Información de Residuos (eSIR) constituido por aquellos registros, plataformas y herramientas informáticas que permitan disponer de la información necesaria para realizar el seguimiento y control de la gestión de los residuos y suelos contaminados en España, elaborar las políticas en esta materia y contribuir al cumplimiento de los requisitos de información internacionales. Este sistema estará constituido, al menos, por los siguientes componentes: Registro de Productores de Productos, Registro de producción y gestión de residuos, las memorias anuales indicadas en el artículo 65, Repositorio de traslados nacionales, Repositorio de Traslados transfronterizos, Registro Nacional de Lodos, Inventario estatal de declaraciones de suelos contaminados, Inventario estatal de descontaminaciones voluntarias de suelos, Plataforma electrónica de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos y Registro de Subproductos.

El Sistema electrónico de Información de Residuos (eSIR) permitirá la interoperabilidad con los sistemas electrónicos o herramientas informáticas disponibles en las comunidades autónomas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-04-2022 en vigor desde 10-04-2022