Propiedad horizontal
Marginales

Marginales | Propiedad horizontal

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Última revisión: 14-04-2023

El artículo 553-4.1 del CCCat establece que los propietarios son titulares mancomunados, tanto de los créditos como de las deudas contraídas en la gestión de la comunidad, de acuerdo con la cuota de participación de cada uno. La responsabilidad de los propietarios con las deudas de la comunidad no significa que tengan que pagarlas directamente, sino que para ello debe cumplirse una serie de ...

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Última revisión: 13-10-2022

En torno a la formalización de una comunidad de propietarios en Cataluña, el título de constitución debe constar en escritura pública y contener una descripción del inmueble con los elementos, instalaciones y servicios comunes; descripción de los elementos privativos; un plano descriptivo; los estatutos, si existen; las reservas de derechos y, si procede, la previsión de formación de ...

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Última revisión: 13-10-2022

El Código Civil de Cataluña regula los estatutos de las comunidades de propietarios, conteniendo una serie de reglas a seguir en el caso de que se aprueben. Estos Estatutos recogen el régimen jurídico de las comunidades y pueden contener reglas sobre el destino, uso y aprovechamiento de los elementos privativos y comunes, así como limitaciones de uso, cargas, gastos, ingresos, distribución ...

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Última revisión: 13-10-2022

Conoce todos los detalles de los reglamentos de régimen interior de las comunidades de propietarios según el CCCat. El reglamento debe ser aprobado por la junta de propietarios y a él se refiere la jurisprudencia catalana, diferenciándolo de los estatutos y estableciendo que la interpretación de las normas del reglamento debe hacerse de manera restrictiva. Además, hacemos mención a la ...

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Última revisión: 14-04-2023

El régimen de propiedad horizontal en Cataluña se extingue de forma voluntaria por la junta de propietarios o por decisión del propietario único. También se extingue por destrucción, declaración de ruina o expropiación forzosa. Es posible evitar la extinción por destrucción o ruina a través de un acuerdo en el título de constitución, lo cual facultaría a poder proceder con la reconstrucción ...

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Última revisión: 14-04-2023

Según el CCCat, los órganos que integran una comunidad de propietarios son la presidencia, la secretaría y la junta de propietarios. El cargo de la presidencia debe ser ejercido por un propietario y la secretaría puede ser ejercida tanto por un propietario como por una persona externa. Estos órganos garantizarán el correcto funcionamiento de la comunidad de propietarios.

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Última revisión: 14-04-2023

Descubre cómo se designan los órganos de una comunidad de propietarios en Cataluña. Los cargos son designados por la junta de propietarios por mayoría simple de los propietarios que hayan participado en la votación, que tiene que representar, al mismo tiempo, la mayoría simple del total de cuotas de participación en aplicación del artículo 553-25.2.j) del CCCat. Pueden ser designados por el ...

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Última revisión: 14-04-2023

El cargo de presidente en una comunidad de propietarios en Cataluña es unipersonal y debe ser ejercido por un propietario. El artículo 553-16 del CCCat establece las funciones del presidente. Como tal, el presidente es el representante legal de la comunidad, pero sus funciones le son asignadas directamente por la ley. El presidente debe ser autorizado por acuerdo de la comunidad para ...

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Última revisión: 14-04-2023

La figura del secretario de una comunidad de propietarios en Cataluña está regulada por el artículo 553-17 del CCCat. Sus principales funciones son extender las actas de las reuniones, realizar notificaciones y custodiar la documentación contable durante un periodo de 5 años. El cargo puede ser ocupado por un propietario o por una persona externa a la comunidad que asuma las funciones de ...

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Última revisión: 14-04-2023

El cargo de administrador de fincas es de constitución voluntaria para la comunidad y es un cargo remunerado. Para poder ejercer esta función se requiere tener una capacitación profesional, un seguro de responsabilidad civil y cumplir con las obligaciones pertinentes. Entre sus funciones se encuentran: conservar los bienes de la comunidad, cobrar y pagar, ejecutar los acuerdos de la junta, ...

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