Legislación

Requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, intercambios educativos y au pair

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Noviembre de 2021

F. entrada en vigor: 22/05/2016

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 132

F. Publicación: 21/05/2016


CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Disposiciones más favorables
CAPÍTULO II. ADMISIÓN
Artículo 5. Principios Artículo 6. Volúmenes de admisión Artículo 7. Requisitos generales Artículo 8. Requisitos específicos para investigadores Artículo 9. Aprobación de los organismos de investigación Artículo 10. Convenio de acogida Artículo 11. Requisitos específicos para estudiantes Artículo 12. Requisitos específicos para alumnos Artículo 13. Requisitos específicos para personas en prácticas Artículo 14. Requisitos específicos para voluntarios Artículo 15. Aprobación de instituciones de enseñanza superior, centros de enseñanza, organizaciones responsables de programas de voluntariado o entidades de acogida de personas en prácticas Artículo 16. Requisitos específicos para au pairs
CAPÍTULO III. AUTORIZACIONES Y DURACIÓN DE LA RESIDENCIA
Artículo 17. Autorizaciones Artículo 18. Duración de la autorización Artículo 19. Información adicional
CAPÍTULO IV. MOTIVOS DE DENEGACIÓN, RETIRADA O NO RENOVACIÓN DE LAS AUTORIZACIONES
Artículo 20. Motivos de denegación Artículo 21. Motivos de retirada o no renovación de una autorización
CAPÍTULO V. DERECHOS
Artículo 22. Igualdad de trato Artículo 23. Enseñanza a cargo de los investigadores Artículo 24. Actividades económicas de los estudiantes Artículo 25. Estancia con fines de búsqueda de empleo o empresariales para investigadores y estudiantes Artículo 26. Miembros de las familias de los investigadores
CAPÍTULO VI. MOVILIDAD ENTRE ESTADOS MIEMBROS
Artículo 27. Movilidad dentro de la Unión Artículo 28. Movilidad de corta duración de los investigadores Artículo 29. Movilidad de larga duración de los investigadores Artículo 30. Movilidad de los miembros de las familias de los investigadores Artículo 31. Movilidad de los estudiantes Artículo 32. Garantías y sanciones en los casos de movilidad
CAPÍTULO VII. PROCEDIMIENTO Y TRANSPARENCIA
Artículo 33. Sanciones contra las entidades de acogida Artículo 34. Garantías procedimentales y transparencia Artículo 35. Transparencia y acceso a la información Artículo 36. Tasas
CAPÍTULO VIII. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 37. Cooperación entre puntos de contacto Artículo 38. Estadísticas Artículo 39. Informes Artículo 40. Transposición Artículo 41. Derogación Artículo 42. Entrada en vigor Artículo 43. Destinatarios ANEXO I ANEXO II