Derecho de extranjería
Marginales

Marginales | Derecho de extranjería

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Extranjería

Última revisión: 19-04-2023

La nacionalidad es una unión jurídica de un individuo con un Estado en el que ha nacido o ha sido naturalizado. Esta unión conlleva una serie de derechos y obligaciones para el individuo, los cuales varían según el Estado al que pertenece. La nacionalidad española es regulada por el Código Civil español y la Constitución Española, además de por leyes internacionales como la Declaración ...

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Última revisión: 19-04-2023

La adquisición de la nacionalidad española se regula según los artículos 17 y siguientes del Código Civil, distinguiendo los siguientes tipos: nacionalidad española de origen, por posesión de Estado, por opción, por carta de naturaleza y por residencia. La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los dieciocho años de edad, no son por sí solos causa de ...

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Última revisión: 19-04-2023

¿Quiénes son españoles de origen? Es una de las formas más comunes de adquirir la nacionalidad española. Los artículos 17 y 19 del Código Civil establecen que son españoles de origen: los nacidos de padres españoles, los nacidos en España de padres extranjeros, los nacidos en España de padres extranjeros sin nacionalidad, los nacidos en España cuya filiación no sea determinada y los menores ...

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Última revisión: 21-04-2023

Conoce cuando se puede optar por la nacionalidad española. Es importante determinar la naturaleza y las características del derecho de opción, así como, quiénes pueden ejercer dicho derecho. Si quieres optar por la nacionalidad española de origen, aquí encontrarás como es el procedimiento y que documentación se requiere para su determinación.

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Última revisión: 19-04-2023

¿Quién tiene derecho a optar por la nacionalidad española? Además de los supuestos que existen para optar por la nacionalidad española de origen, el artículo 20 del Código Civil reconoce el derecho a aquellas personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español, aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España, y aquellas personas ...

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Última revisión: 19-04-2023

La obtención de la nacionalidad española por posesión de estado aparece regulada en el art. 18 del Código Civil y consiste en el uso continuado de la nacionalidad española durante 10 años con buena fe (esto es, sin que el beneficiario tenga conocimiento de su condición de no-nacional) en base a la inscripción de un título en el registro civil. Una vez cumplidos estos requisitos, la ...

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Última revisión: 19-04-2023

La carta de naturaleza es un derecho que un país concede a un extranjero a ser considerado como natural del mismo. La concesión de este criterio de adquisición de la nacionalidad española se dará discrecionalmente mediante real decreto, en caso de que concurran circunstancias excepcionales. Estas circunstancias excepcionales incluyen a los deportistas que han participado o van a participar ...

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Última revisión: 19-04-2023

La obtención de la nacionalidad española por residencia consiste en la residencia en territorio nacional durante 10 años de forma legal y continuada, requisitos que deben cumplirse de forma inmediatamente anterior a la solicitud que se formule. Se regula en el art. 21.2 del Código Civil.

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Última revisión: 30-09-2022

Para obtener la nacionalidad española por residencia, se requiere que el interesado haya residido en España de forma legal y de manera continuada e inmediatamente anterior a la petición, en un periodo de diez años. Sin embargo, el requisito se reduce a cinco años para refugiados, dos años para nacionales de origen iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes. ...

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Última revisión: 30-09-2022

Quieres adquirir la nacionalidad española por medio de la residencia? Hay varios requisitos legales a cumplir para hacerlo. Estos son: que el mayor de catorce años pueda prestar una declaración por sí, jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes; que renuncie a su nacionalidad anterior; y que se inscriba en el Registro Civil español.

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