¿Se puede contratar a un familiar hasta segundo grado en el Régimen de Empleados de Hogar?
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¿Se puede contratar a un familiar hasta segundo grado en el Régimen de Empleados de Hogar?

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Laboral

Orden: laboral

Fecha última revisión: 25/04/2023

Resumen:

¿Una madre puede contratar a su hija en el Régimen de Empleados de Hogar? Considerando los datos aportados, se hace preciso indicar que, de manera general, no pueden ser contratados familiares relacionados por consanguinidad o afinidad hasta en segundo grado. Asimismo, tampoco puede contratarse bajo el régimen a familiares convivientes. No obstante, existe una excepción a esta norma general en la que si se podría contratar bajo ese régimen en el caso de que el empleador y la empleada vivan en domicilios diferentes y la empleada tenga la condición de trabajadora por cuenta ajena.

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PLANTEAMIENTO

¿Una madre puede contratar a su hija en el Régimen de Empleados de Hogar? ¿Podría darla de alta en la seguridad social? Téngase en cuenta que viven independientes y empadronadas en sitios distintos y que le pagaría por transferencia bancaria un salario acordado como haría a otra persona cualquiera. 

RESPUESTA

Considerando los datos aportados, se hace preciso indicar que, de manera general, no pueden ser contratados familiares relacionados por consanguinidad o afinidad hasta en segundo grado (padres, hijos, nietos o abuelos así como su cónyuges). Asimismo, tampoco puede contratarse bajo el régimen de servicio doméstico a familiares que conviven en el mismo domicilio o sus cónyuges, independientemente de que se efectúe el pago del salario que la normativa marca.

Teniendo esto en cuenta, existe la excepción a esta norma general que le señalamos en la que si se podría contratar bajo ese régimen en el caso de que el empleador y la empleada vivan en domicilios diferentes (justificado mediante certificado de empadronamiento) y en el que la empleada de hogar tenga la condición de trabajadora por cuenta ajena (justificado mediante declaración donde consta el salario a percibir, jornada de trabajo y distribución).