Última revisión
laboral
1160 - ¿Qué tipo de ofensas verbales o físicas sancionables pueden ocurrir en el ámbito laboral?
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Vademecum: Laboral
Fecha última revisión: 30/07/2024
Resumen:
El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores contempla como incumplimiento grave por parte del trabajador el realizar ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos. Estas ofensas pueden ser perpetradas de forma aislada y no necesariamente deben ser reiteradas. Las ofensas verbales son expresiones orales o escritas que ofenden la dignidad humana de la persona afectada, mientras que las ofensas físicas son agresiones que lesionan o hieren la integridad física de una persona. Si son de suficiente gravedad, estas ofensas pueden justificar el despido del trabajador.
Los apdos. 1 y 2 del art. 54 del
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