Última revisión
laboral
660 - Definición del personal de alta dirección
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Vademecum: Laboral
Fecha última revisión: 30/07/2024
Resumen:
La relación laboral entre el personal de alta dirección y la empresa contratante es considerada como especial, establecida mediante el RD 1382/1985, de 1 de agosto, y recogida en el artículo 2.1. a) del Estatuto de los Trabajadores. Esta relación se caracteriza por la confianza entre ambas partes, derivado de las facultades y poderes que el directivo asume en la empresa. Se explica la normativa vigente y sus características.
Se considera como relación laboral de carácter especial «a) La del personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del ET» (punto uno 1 del art. 2.1 del
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