¿Qué es el protocolo de d...n digital?
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Última revisión
28/06/2024

laboral

2790 - ¿Qué es el protocolo de desconexión digital?

Tiempo de lectura: 2 min

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Vademecum: Laboral

Fecha última revisión: 27/06/2024

Resumen:

El Protocolo de desconexión digital es un documento donde la empresa formaliza su política interna en relación a la desconexión digital. Esta obligación abarca a todas a las empresas, sin tener en cuenta su tamaño.


El protocolo de desconexión digital, de acuerdo con lo previsto por los arts. 88 de la LOPDGDD y 20 bis del Estatuto de los trabajadores, es el documento donde la empresa formaliza su política interna de desconexión digital.

Todas las empresas están legalmente obligadas a desarrollar un protocolo de desconexión digital, independientemente de su tamaño, que comprenderá:

  • Definición del derecho a la desconexión digital y aquellos supuestos en los que se aplica (ej.: descanso, permisos y vacaciones).
  • Especificar correctamente las medidas para garantizar el derecho a la desconexión digital (ej.:  prohibición del envío de correos electrónicos y mensajes fuera del horario laboral,  prohibición de llamadas telefónicas los fines de semana, convocatoria de reuniones en la franja horaria de presencia obligatoria, etc.).
  • Excepciones al derecho a la desconexión digital (situaciones de urgencia, guardia o singularidades de la actividad laboral).
  • Medidas de difusión entre todos los trabajadores (incluidos directivos) por el medio que se considere más oportuno.
  • Forma de seguimiento de las medidas implantadas y evaluación de las mismas.

RESOLUCIÓN RELEVANTE

STSJ de Cataluña n.º 2843/2023, 5 de mayo de 2023, ECLI:ES:TSJCAT:2023:4817

Se desestima un recurso en el que un trabajador reclamaba una indemnización adicional por la vulneración del derecho a la desconexión digital, en relación con los artículos 18.4 de la CE y 88.4 de la LOPD, así como el derecho a la salud previsto en el artículo 15 de la CE. El TSJ no considera que los incumplimientos relacionados con la desconexión digital hayan implicado la violación de derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar (art. 18 de la CE) ni al derecho a la salud (art. 15 de la CE) y desestima la indemnización por daños morales que conllevaría la vulneración de los citados derechos.

STS, rec. 391/2023, de 28 de septiembre de 2023, ECLI: ES:TSJM:2023:10259

Tanto el derecho de desconexión digital como el protocolo establecido a estos efectos son de aplicación a toda la plantilla, incluidos los directivos.