Última revisión
laboral
600 - ¿Cuál es el contenido del acuerdo de trabajo a distancia?
Relacionados:
Vademecum: Laboral
Fecha última revisión: 30/07/2024
Resumen:
El acuerdo de trabajo a distancia viene regulado en el artículo 7 de la Ley 10/2021, de 9 de julio, y su contenido mínimo incluye el inventario de los medios, equipos y herramientas necesarias para la actividad, los gastos que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, el horario de trabajo, el porcentaje de trabajo presencial y distribución entre el trabajo presencial y el trabajo a distancia, el lugar de trabajo a distancia elegido por la persona trabajadora para el desarrollo del trabajo a distancia y los plazos de preaviso para el ejercicio de las situaciones de reversibilidad. Por otra parte, el control empresarial de la actividad y la protección de los datos también deben ser consideradas en función del acuerdo individual.
El contenido mínimo que debe tener un acuerdo de trabajo a distancia está regulado por el art. 7 de la Ley 10/2021, de 9 de julio. Según esta normativa, el acuerdo debe incluir, al menos, los …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 Marginales en el vademecum de laboral.
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestro vademecum de laboralSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder