Sujetos beneficiarios de ...l lactante
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Última revisión
20/05/2024

laboral

2610 - Sujetos beneficiarios de la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Laboral

Fecha última revisión: 20/05/2024

Resumen:

Para poder acceder a la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante se exigirán los mismos requisitos y condiciones que para la prestación por nacimiento y cuidado de menor. En el supuesto de que ambos sujetos (ya sean progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores de carácter permanente) reúnan las características para ser beneficiarios, la prestación solo se concederá a uno de ellos. En el momento en el que el menor cumpla doce meses de edad, la prestación se extinguirá. 


Para el acceso al derecho a la prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, se exigirán los mismos requisitos y en los mismos términos y condiciones que los establecidos para la prestación por nacimiento y cuidado de menor.

Cuando concurran, en ambos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, las circunstancias necesarias para tener la condición de beneficiarios de la prestación, el derecho a percibirla solo podrá ser reconocido a favor de uno de ellos.

La prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado de lactante consistirá en un subsidio equivalente al 100 por ciento de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo.

Esta prestación se extinguirá cuando el o la menor cumpla doce meses de edad.

A TENER EN CUENTA. Los funcionarios públicos se regirán por lo establecido en el artículo 48.f) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa que lo desarrolle.