¿Qué contratos temporales...a de 2022?
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Última revisión
06/03/2026

laboral

340 - ¿Qué contratos temporales pueden realizarse tras la reforma de 2022?

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Vademecum: laboral

Fecha última revisión: 06/03/2026

Resumen:

Tras la modificación de los artículos 11, 15 y 16 del ET, desde el 30/03/2022, el contrato indefinido es la regla general y se establecen nuevos contratos formativo. Los contratos temporales solo se pueden concertar en supuestos concretos y como excepción. Se prevén los siguientes contratos temporales:

  • Contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción.
  • Contrato de sustitución de persona trabajadora.
  • Contrato de formación en alternancia.
  • Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios.


La reforma laboral 2021-2022 (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre) realizó una simplificación y reordenación de las modalidades de contratación laboral de forma que el contrato indefinido es la regla general y el contrato temporal se basa en un origen exclusivamente causal. Actualmente el contrato indefinido es la regla general y el contrato temporal debe tener un origen exclusivamente causal (arts. 11, 15 y 16 del ET).