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Última revisión
laboral
Comunicación a la empresa de extinción del contrato en período de prueba por parte del trabajador
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Vademecum: laboral
Orden: laboral
Fecha última revisión: 16/11/2017
Resumen:
Siempre que la extinción de la relación laboral anterior se hubiera debido a alguno de los supuestos contemplados en el art. 267 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, o haya transcurrido un plazo de tres meses desde dicha extinción, cuando sea el empresario quien resuelva la relación laboral durante el periodo de prueba, el trabajador se encontrará en situación legal de desempleo.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO]
D./Dña [NOMBRE_TRABAJADOR_A]
DNI: [NUMERO]