Última revisión
laboral
Carta de despido disciplinario de personal de alta dirección mediando incumplimientos graves y culpables
Relacionados:
Vademecum: Laboral
Orden: laboral
Fecha última revisión: 15/03/2024
Resumen:
En cuanto a la extinción del contrato de un trabajador de alta dirección, será de aplicación lo dispuesto en el art. 54 del ET:
«El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador».
En otro sentido, el artículo 11.2 del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, establece que esta extinción se realizará mediando «incumplimiento grave y culpable» del alto directivo en cuestión. La indemnización se establece en veinte días de salario por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades.
En [PROVINCIA], a [FECHA]
[DATOS_EMPRESA]
D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR]
Muy señor/a nuestro/a:
Por medio de la presente carta le comunicamos que la dirección de esta empresa ha tomado la decisión de …