Última revisión
extranjeria
Recurso de reposición contra denegación de prórroga de estancia
Vademecum: extranjeria
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 25/10/2016
"Excepcionalmente, y siempre que existan motivos humanitarios, de interés público u obligaciones internacionales, el titular del Ministerio del Interior o el titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración podrán autorizar la estancia en territorio español, por un máximo de tres meses en un periodo de seis, a los extranjeros que hubieran entrado en él con documentación defectuosa o incluso sin ella o por lugares no habilitados al efecto". (Art. 36 del Reglamento de la LO 4/2000).
A LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN [COMUNIDAD_AUTONOMA]
DON [NOMBRE], mayor de edad, de nacionalidad [NACIONALIDAD], ante la Delegación del Gobierno en [COMUNIDAD_AUTONOMA] comparezco, y como mejor …