Última revisión
laboral
630 - Supuestos que determinan la nulidad del contrato de trabajo
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Vademecum: Laboral
Fecha última revisión: 21/04/2023
Resumen:
El apdo. 3 del artículo 6 del Código Civil establece que los actos contrarios a las normas imperativas y prohibitivas son nulos de pleno derecho. Por su parte, el artículo 1275 del Código Civil dispone que los contratos sin causa o con causa ilícita no producen efecto alguno. Existen diversos supuestos en los que la doctrina judicial ha declarado la nulidad del contrato de trabajo, entre ellos, la contratación por parte de una administración pública sin respetar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad exigidos legalmente; la contratación de un trabajador interino de un grupo distinto al sustituido existiendo una lista de trabajadores preceptiva, la falta de titulación requerida para el desempeño del puesto de trabajo, la realización de rifas y apuestas no autorizadas para la adjudicación del contrato entre otras causas. En el supuesto de que se declarase la nulidad del contrato, ello determinaría la falta de acción y la inexistencia de despido.
El apdo. 3 del art. 6 del
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