Derecho de familia
Marginales

Marginales | Derecho de familia

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Familia

Última revisión: 05-07-2023

Entiende los deberes y obligaciones del tutor regulados en el Código Civil y conoce aquellos supuestos en los que necesitará autorización judicial para su actuación. En lo que respecta al ejercicio de la tutela, el Código Civil prevé el cumplimiento de determinados deberes y obligaciones, además de prohibiciones, tales como el inventario de los bienes del tutelado, recibir liberalidades de ...

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Última revisión: 05-07-2023

La tutela puede extinguirse (art. 231 del CC): 

  • Por la mayoría de edad, emancipación o concesión del beneficio de la mayoría de edad al menor.
  • Por la adopción del menor.
  • Por muerte o declaración de fallecimiento del menor. 
  • Cuando, habiéndose originado por privación o suspensión de la patria potestad, el titular de esta la recupere, o cuando desaparezca la causa que impedía al titular de la ...

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Última revisión: 05-07-2023

La figura del defensor judicial del menor se define como la persona que asume temporalmente la representación y defensa de los menores de edad cuando sus representantes legales no lo hacen. El nombramiento del defensor judicial procederá cuando el menor se encuentre inmerso en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 235 del Código Civil. Asimismo, el artículo 236 delCC se limita ...

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Última revisión: 05-07-2023

La guarda de hecho del menor es una situación tutelar en la que una persona se encarga sin contar con nombramiento judicial. De conformidad con el Código Civil, el guardador tiene derecho a un reembolso de sus gastos justificados y a una indemnización por daños. La guarda de hecho extingue cuando se declara el desamparo del menor o se constituye el pertinente régimen de protección.

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Última revisión: 05-07-2023

 Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo de las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, conlleva una reordenación de las figuras de mayoría de edad y emancipación. Esta ley introduce cambios como el uso de la palabra progenitores en lugar de padres, la autoridad judicial en lugar de juez y el defensor judicial ...

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Última revisión: 05-07-2023

Según el artículo 239 del CC, la emancipación puede tener lugar por la mayor de edad, por concesión de los que ejerzan la patria potestad, o judicialmente. Para la concesión de los progenitores es necesario que el menor tenga dieciséis años cumplidos y además consienta. La autoridad judicial también puede otorgar la emancipación si los hijos mayores de dieciséis la pidieren, previa audiencia ...

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Última revisión: 05-07-2023

Se entiende por mayoría de edad el momento en el que una persona alcanza la edad establecida por la ley como mayor. Esta edad es de dieciocho años cumplidos, según el artículo 240 del Código Civil. Al alcanzar la mayoría de edad, uno puede realizar todos los actos de la vida civil, a excepción de aquellos casos especiales establecidos por el Código Civil. Por otra parte, la autoridad ...

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Última revisión: 05-07-2023

Con las modificaciones introducidas por la Ley 8/2021, de 2 de junio, en vigor el 03/09/2021, el título XI del libro primero del Código Civil se redacta de nuevo (deja de estar dedicado a la mayor edad y la emancipación) y pasa a rubricarse «De las medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica», abarcando los artículos 249 a 299 del CC.Como se ...

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Última revisión: 06-07-2023

Las medidas de apoyo a personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica están inspiradas en el respeto a su dignidad y tutela de sus derechos fundamentales. Estas medidas se basan en la voluntad, deseos y preferencias de quien las requiera. Por otro lado, las salvaguardas de las medidas de apoyo están basadas en el artículo 249 del Código Civil y atienden a la voluntad, ...

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Última revisión: 06-07-2023

El Código Civil establece diferentes medidas de apoyo, prohibiciones y reglas de administración y disposición de bienes para personas con discapacidad. Estas medidas incluyen la designación voluntaria, la guarda de hecho, la curatela y el defensor judicial. Su función es asistir a la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica respetando su voluntad, deseos y ...

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