Penas accesorias
Fecha última revisión: 24/12/2021
Las penas accesorias son sanciones que, sin estar expresamente establecidas por la comisión de una infracción penal, se imponen junto con una pena principal, de la que dependen.
Nos referimos, por tanto, a la suspensión de empleo o cargo público, la inhabilitación especial para el derecho a sufragio pasivo, la inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión, oficio, industria, ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento siempre y cuando alguno de estos derechos hayan tenido relación con el hecho cometido.
Debe matizarse, además, que muchos delitos de nuestro ordenamiento ya incluyen prohibiciones como las aquí expuestas, por lo que el juez o tribunal deberá aplicar la que no coincida.
