Pena menos grave

Pena menos grave

Fecha última revisión: 24/12/2021


Concepto:

Las penas menos graves son aquellas cuyas penas de prisión van desde los tres meses hasta los cinco años, e inhabilitaciones especiales de hasta cinco años. Tendrán la consideración de penas menos graves:

  • La prisión de tres meses hasta cinco años.
  • Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.
  • La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.
  • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
  • La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.
  • Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de un año y un día a cinco años.
  • La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.
  • La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  • La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  • La multa de más de tres meses.
  • La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo las aplicadas a las personas jurídicas.
  • Los trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un días a un año.
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