Estafa burda
La estafa o engaño burdo es un concepto de creación jurisprudencial que puede conllevar la despenalización del delito de estafa. Consiste, principalmente, en la falta de diligencia por parte de la víctima a la hora de detectar la intención insidiosa de un engaño muy poco elaborado o burdo, «engaño» entendido como uno de los elementos de tipo del delito de estafa. A efectos penales, supone imponer a la víctima un deber de autoprotección directamente relacionado con el carácter subsidiario de la acción penal.
2. También se consideran reos de estafa:
a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.
b) Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.
c) Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.