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Jurisprudencia | Derecho concursal
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Estima parcialmente
Orden
Civil
Social
Administrativo
Constitucional
Penal
Ponente
Sancho Gargallo, Ignacio
Saraza Jimena, Rafael
Vela Torres, Pedro Jose
Ferrandiz, Jose Ramon Gabriel
Arribas Hernandez, Alberto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Sentencia Civil Nº 188/2014, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 877/2012, 15-04-2014
Acción de impugnación del inventario y de la lista de acreedores. No procede incluir la fianza en el inventario de bienes y derechos cuando el contrato locativo había sido resuelto con anterioridad a la declaración de concurso. En este caso no se aplica la compensación del art. 58 LC como forma de extinción de obligaciones sino como mecanismo de liquidación del contrato.
Sentencia Civil Nº 26/2014, AP - Palencia, Sec. 1, Rec 27/2014, 21-02-2014
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia Civil Nº 754/2013, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 2241/2011, 12-12-2013
Quiebra declarada antes de la entrada en vigor de la Ley Concursal. Rige la normativa anterior, y por ello la acción de ineficacia de los actos realizados en el periodo de retroacción, aunque la demanda se presente después del 1 de septiembre de 2004, en que entró en vigor la Ley Concursal, y sin perjuicio de
Sentencia Civil Nº 756/2013, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 2356/2011, 11-12-2013
Acción directa del art. 1597Cc. Concursal. El momento en que se producen los efectos de la declaración de concurso es a partir del Auto que la declara (art. 21.1 LC) y no el art. 410 <rel id="436271" uri
Sentencia Civil Nº 149/2013, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 1727/2010, 15-03-2013
Concurso de acreedores. El crédito contra la masa que la TGSS tiene por cuotas devengadas con posterioridad a la declaración de concurso, en caso de impago, pueden generar tanto intereses como recargos, que tienen la misma consideración de créditos contra la masa.
Sentencia Civil Nº 68/2013, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 1611/2010, 26-02-2013
Concurso de acreedores. Contrato de compraventa de un proindiviso de unos terrenos y de colaboración para la promoción y explotación de un complejo comercial y de ocio, en el que se pactaron dos cláusulas (sexta y séptima), de opción de venta en caso de incumplimiento del necesario desarrollo urbanístico de aquellos terrenos dentro de un plazo determinado de tiempo. Declarado el concurso de la sociedad vendedora y copromotora, el interés del concurso no puede justificar que se dejen sin efec