Última revisión
horizontal
Caso que analiza la legitimación activa a la hora de pagar los daños provocados en el balcón de una comunidad de propietarios
Tiempo de lectura: 4 min
Relacionados:
Vademecum: Horizontal
Orden: civil
Fecha última revisión: 20/04/2023
Resumen:
En caso de necesitar una reparación urgente en un elemento común del edificio, el propietario debe comunicarlo al administrador de la comunidad. La Comunidad de Propietarios podrá realizar la obra sin necesidad de aprobación previa por la Junta de Propietarios. Si el propietario ha cumplido con la obligación de notificar, la comunidad deberá reembolsar el coste de la reparación. La jurisprudencia admite el reembolso por la Comunidad al comunero que haya ejecutado unilateralmente obras en zonas comunes.
PLANTEAMIENTO
Un propietario ha reparado el balcón del piso superior, alegando que ha efectuado la reparación porque el cemento se caía, y pasa la factura a la comunidad, argumentando que los …
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