Última revisión
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Caso que determina las mayorías necesarios para proceder a la instalación de gas natural en las comunidades de propietarios
Tiempo de lectura: 5 min
Relacionados:
Vademecum: Horizontal
Orden: civil
Fecha última revisión: 20/04/2023
Resumen:
¿Qué mayoría se necesita para la instalación de un nuevo servicio de gas natural en una comunidad de propietarios? Esta pregunta es respondida por la LPH en su artículo 17.1, el cual estipula que un tercio de los integrantes de la comunidad y un tercio de las cuotas de participación, tienen que votar favorablemente para cambiar el suministro. Sin embargo, no se puede obligar a los propietarios que no estén de acuerdo a instalar el nuevo suministro. Para ello, se requeriría un acuerdo sobre la supresión de un servicio común. En el caso de que se trate de una adaptación de un sistema de calefacción, se exigirá mayoría simple.
PLANTEAMIENTO
Una comunidad de propietarios quiere instalar en el edificio gas natural, pero otros vecinos desean continuar con gas butano, ¿qué mayoría sería necesaria para cambiar el suministro? Los…
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