Última revisión
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Caso donde se examina el hecho de que un acuerdo contrario a la LPH pueda convalidarse por haber transcurrido el plazo de impugnación
Tiempo de lectura: 3 min
Relacionados:
Vademecum: Horizontal
Orden: civil
Fecha última revisión: 20/04/2023
Resumen:
Estudimos el caso de una comunidad de propietarios en la que se ha aprobado un acuerdo contrario a la Ley de Propiedad Horizontal y ha transcurrido más de un año para proceder a su impugnación, ¿será convalidado? El artículo 18 de la LPH determina que los acuerdos contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios pueden ser impugnados en un plazo de un año. Al transcurrir este plazo, el acuerdo quedará convalidado, a menos que la ley, la moral o el orden público sean infringidos. En tal caso, el acuerdo es nulo de pleno derecho.
PLANTEAMIENTO
En una comunidad de propietarios se ha aprobado un acuerdo que es contrario a la Ley de Propiedad Horizontal. Sin embargo, ha transcurrido más de una año por lo que, la acción para …
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