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Caso que analiza la obligatoriedad del propietario de un local de negocio a tener que pagar por la instalación de un telefonillo en la propia comunidad de propietarios
Tiempo de lectura: 2 min
Relacionados:
Vademecum: Horizontal
Orden: civil
Fecha última revisión: 20/04/2023
Resumen:
En una comunidad de propietarios, el propietario de un local está obligado a contribuir, para el caso que nos ocupa, a la instalación de un interfono en la entrada principal del edificio. El presidente, por tanto, puede exigirle el pago de la instalación, aunque el propietario del local no tenga acceso por dicha entrada. La LPH establece, como regla general, que el propietario está obligado a contribuir a la instalación, pero no puede exigir que se instale un interfono en su entrada.
PLANTEAMIENTO
En una comunidad de propietarios se acuerda instalar un interfono en la entrada principal del edificio. El presidente le exige el pago de la instalación al propietario de un local que …
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