Última revisión
horizontal
Caso que examina la posible exoneración del pago del mantenimiento del ascensor respecto a aquellos propietarios de una comunidad de propietarios que no hagan uso del mismo
Tiempo de lectura: 2 min
Relacionados:
Vademecum: Horizontal
Orden: civil
Fecha última revisión: 20/04/2023
Resumen:
Se plantea la posibilidad de que los propietarios de los locales y pisos de la planta baja tengan que pagar los gastos de mantenimiento del ascensor. De acuerdo con el artículo 9.2 de la LPH, sí deben pagarlo, a menos que los estatutos de la comunidad de propietarios establezcan una exención. El Tribunal Supremo ha establecido que el alcance de la exención dependerá de la redacción de los estatutos.
PLANTEAMIENTO
Los propietarios de locales y pisos de planta baja no utilizan el ascensor. ¿Tienen que pagar los gastos de mantenimiento?
RESPUESTA
La no utilización de un servicio no exime del pago de …
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