Última revisión
12/04/2023
horizontal
860 - ¿Cuál es la responsabilidad que puede asumir una comunidad de propietarios por la generación de daños?
Tiempo de lectura: 10 min
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Vademecum: Horizontal
Fecha última revisión: 12/04/2023
Resumen:
La comunidad de propietarios tienen la obligación de mantener y conservar los elementos comunes sin generación de daños. El artículo 1089 del Código Civil dispone que las obligaciones nacen de la ley, los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos. El artículo 1902 del mismo cuerpo establece que si hay culpa o negligencia, una persona está obligada a reparar el daño causado. Por otro lado, el artículo 1907 dispone que el propietario de un edificio es responsable de los daños si la ruina del mismo se debe a la falta de reparaciones necesarias. Para apreciar la existencia de responsabilidad extracontractual se exige que haya elemento subjetivo, objetivo y causal.
Las comunidades de propietarios son responsables civiles de los daños que puedan ocasionar, pudiendo incurrir tanto en responsabilidad contractual (cuando se incumple un contrato previo celebrado …
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