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Esquema sobre los plazos para reclamar los defectos de construcción en una comunidad de propietarios
Última revisión
horizontal
Esquema sobre los plazos para reclamar los defectos de construcción en una comunidad de propietarios
Texto
Voces
Jurisprudencia
Vademecum: Horizontal
Fecha última revisión: 31/03/2023
Resumen:
Los defectos o daños asociados a la construcción poseen diferentes plazos según la propia naturaleza de dicho defecto/daño que se haya localizado.
A este respecto, debemos dejar claro que el plazo comenzará a surtir efectos desde el mismo momento en que se reciba la obra, cómputo de inicio del plazo que es aplicable a todos los supuestos comentados. Por ello:
- El plazo será reclamación será de 10 años para daños/defectos que afecten a elementos de la cimentación, esto es, soportes, vigas, forjados, muros de carga o cualquier elemento estructural que pueda afectar la resistencia y estabilidad del edificio.
- El plazo será de 3 años para los daños materiales causados por elementos constructivos o que provoquen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
- Y de solo un año para aquellos daños o defectos localizados en los elementos de terminación o acabado de las obras (baldosas, pintura, persianas, puertas).