Última revisión
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Esquema que detalla la contribución a los gastos de comunidades de propietarios en Cataluña
Vademecum: Horizontal
Fecha última revisión: 04/04/2023
Resumen:
El Código Civil de Cataluña establece la regulación de contribución a los gastos en las comunidades de propietarios. Los elementos privativos determinan la participación que corresponde a los bienes comunes de la comunidad, además de servir de base para fijar la participación en las cargas, los beneficios, la gestión y el gobierno. La cuota de participación se expresa en porcentaje sobre el inmueble con base en la superficie y otros datos físicos y jurídicos. La junta de propietarios puede establecer cuotas especiales para determinados gastos. Por otra parte, el presupuesto de la comunidad debe contener una cantidad mínima del 5% de los gastos comunes para constituir un fondo de reserva. Este fondo queda afectado a la comunidad y los administradores solo pueden disponer del mismo para atender gastos imprevistos o exigibles por normativas especiales.