¿Puede un residente de larga duración en España residir en otro país sin perder ... con qué requisitos?
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¿Puede un residente de la...equisitos?

Última revisión
01/01/2024

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¿Puede un residente de larga duración en España residir en otro país sin perder la residencia en España y, de ser así, con qué requisitos?

Tiempo de lectura: 2 min

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Vademecum: Extranjería

Orden: administrativo

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

El artículo 32.3 de la LOEX permite a los residentes de otro Estado miembro de la Unión Europea solicitar la autorización de residencia de larga duración en España. Además, el artículo 14 de la Directiva 2003/109/CE del Consejo permite a los residentes de larga duración residir en un segundo Estado miembro por el ejercicio de una actividad económica como trabajador por cuenta ajena o propia, o por realizar estudios o formación profesional en ese Estado miembro. El extranjero deberá, en el plazo de 3 meses desde su entrada, solicitar el permiso de residencia ante las autoridades competentes. Los requisitos para ello son contar con recursos fijos y regulares suficientes para su propia manutención y la de los miembros de su familia, y disponer de un seguro de enfermedad que cubra con todos los riesgos normalmente asegurados para los propios nacionales del Estado miembro. Además, podrá exigirse al interesado que curse estudios del idioma del país miembro donde pretende residir. 


PLANTEAMIENTO

¿Podrá un residente de larga duración en España residir en otro Estado de la Unión Europea sin perder la autorización en España? Y en caso de que pueda, ¿qué requisitos deberá cumplir?

RESPUESTA

El artículo 32.3 de la LOEX permite a los residentes de otro Estado miembro de la Unión Europea solicitar la autorización de residencia de larga duración en España cuando vayan a desarrollar una actividad por cuenta ajena o propia, permitiendo que los que deseen conservar el estatuto de larga duración adquirido en el primer Estado puedan obtener una autorización de residencia temporal en España. Visto esto, vemos que en España si seria posible conceder una autorización de residencia temporal a algún residente de otro Estado miembro, sin que eso implique la perdida de la autorización de residencia de larga duración en ese Estado.

Además, el artículo 14 de la Directiva 2003/109/CE del Consejo de 25 de noviembre de 2003 relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración, permite a los residentes de larga duración residir en un segundo Estado miembro por el ejercicio de una actividad económica como trabajador por cuenta ajeno o propia, o por realizar estudios o formación profesional en ese Estado miembro.

El extranjero deberá, en el plazo de 3 meses desde su entrada, solicitar el permiso de residencia ante las autoridades competentes, los requisitos que le exigirán para ello son contar con recursos fijos y regulares suficientes para su propia manutención y la de los miembros de su familia, y disponer de un seguro de enfermedad que cubra con todos los riesgos normalmente asegurados para los propios nacionales del Estado miembro. Además, podrá exigirse al interesado que curse estudios del idioma del país miembro donde pretende residir. Se adjuntarán a la solicitud los documentos estipulados en la legislación nacional que acrediten que el solicitante reúne los requisitos pertinentes, así como su permiso de residencia de larga duración y un documento de viaje válido, o copias certificadas de los mismos.