¿Qué requisitos se debe cumplir para obtener una autorización de residencia temp...ariamente a su país?
Derecho de extranjería
Marginales
¿Qué requisitos se debe c...a su país?
Ver Indice
»

Última revisión
27/12/2023

extranjeria

1030 - ¿Qué requisitos se debe cumplir para obtener una autorización de residencia temporal el extranjero que ha retornado voluntariamente a su país?

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Vademecum: Extranjería

Fecha última revisión: 27/12/2023

Resumen:

Los extranjeros que hayan retornado voluntariamente a su país de origen, pueden solicitar una autorización de residencia temporal, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el RLOEX y la LOEX. Los extranjeros deben acudir a la representación diplomática española para comprobar su retorno y presentar la tarjeta de identidad de extranjero. La autorización de residencia temporal se tramitará preferentemente, con un plazo de 45 días para resolver la solicitud.


Se regula este tipo de residencia temporal en los artículos 120 a 122 del RLOEX cuyo ámbito de aplicación se extiende al extranjero que, siendo titular de una autorización de residencia temporal:

  • Se acoja a un programa de retorno voluntario impulsado, financiado o reconocido por la Administración General del Estado.
  • Retorne voluntariamente a su país de origen al margen de programa alguno.

A TENER EN CUENTA. Lo dispuesto en los artículos 120 a 122 del RLOEX se entenderá sin perjuicio del derecho de los extranjeros residentes en España a salir del territorio español y a regresar a este durante la vigencia de su autorización de residencia, sin más limitaciones que las previstas en el artículo 28 de la LOEX y las derivadas de la posible extinción de la autorización tras un período de ausencia de territorio español.

Una vez finalizada la vigencia del compromiso de no regreso a territorio español, el extranjero podrá solicitar o podrá solicitarse a su favor, una autorización de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo. Si el programa de retorno voluntario no establece un período de compromiso de no regreso a España o si el extranjero retorna a su país al margen de programa alguno, la solicitud referida podrá presentarse pasados 3 años desde la fecha de retorno a su país de origen.

A TENER EN CUENTA. El citado plazo de 3 años podrá ser modificado por orden del titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

A efectos de control de la fecha de retorno, el extranjero deberá comparecer personalmente en la representación diplomática o consular española en el país de origen, entregando su tarjeta de identidad de extranjero en vigor.

Si el extranjero regresa a su país de origen en base a un programa de retorno voluntario que no suponga la renuncia a su situación de residencia o, sin acogerse a programa alguno, el extranjero renunciará expresamente y por escrito a su autorización de residencia cuando comparezca para acreditar su retorno.

La representación diplomática o consular española ante la que haya entregado su tarjeta le entregará un documento en que conste la entrega de la tarjeta y la renuncia con sus fechas.

El artículo 122 del RLOEX contempla una serie de particularidades relativas a las autorizaciones de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo, reglas aplicables una vez transcurra el plazo de compromiso de no regreso a España, asumido por el extranjero al retornar voluntariamente a su país de origen. Como tales cabe señalar las siguientes:

  • En el caso de que el extranjero se acoja a un programa de retorno voluntario, no se aplicará el requisito relativo a la consideración de la situación nacional de empleo en los procedimientos sobre autorizaciones en los que se exija aquel.
  • Por lo que se refiere a la gestión colectiva de trabajadores en origen, podrán presentarse ofertas nominativas a favor de los extranjeros que se hayan acogido al programa de retorno voluntario o hayan regresado a su país al margen de un programa, siempre que hubiesen renunciado a la titularidad de la autorización de residencia temporal y trabajo. Asimismo, los órganos españoles harán todo lo necesario para que sea preseleccionados en los procedimientos de su país de origen a los que concurran, siempre que reúnan los requisitos de capacitación y cualificación profesional exigidos.
  • Los procedimientos para solicitar estas autorizaciones tendrán tramitación preferente, con un plazo máximo para la resolución y notificación de 45 días desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente.
  • La situación de residencia temporal se entenderá continuada, a los efectos de la residencia de larga duración, no incluyendo el tiempo transcurrido desde el retorno voluntario del extranjero a su país de origen o país de anterior residencia hasta la concesión de la nueva autorización de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo.