Última revisión
12/02/2026
extranjeria
790 - ¿Por qué se caracteriza la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en España?
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Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 12/02/2026
La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena se circunscribe a un ámbito geográfico provincial y a una ocupación. Los titulares de un visado de búsqueda de empleo pueden solicitar esta autorización según lo regulado en las disposiciones específicas del RLOEX y por la orden ministerial de gestión colectiva de contrataciones en origen.
La autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena aparece regulada en el artículo 38 de la LOEX y en los artículos 72 a 81 del Reglamento de Extranjería aprobado por el RD 1155/2024, de 19 de noviembre.
El artículo 72 del nuevo Reglamento de Extranjería define la situación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena como aquella en que se halla la persona extranjera mayor de 16 años autorizada a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años, y a ejercer una actividad laboral por cuenta ajena.
CUESTIÓN
¿Qué efecto produce la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena?
Conforme al apartado 1 del artículo 73 del nuevo Reglamento de Extranjería, la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena habilita a sus titulares a residir y trabajar por cuenta ajena en España, siempre que hayan sido dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social dentro del plazo de tres meses desde su entrada legal en España.
La autorización inicial se circunscribe a un ámbito geográfico autonómico y a una ocupación. Cuando la comunidad autónoma tenga reconocidas competencias en materia de autorización inicial de trabajo podrá fijar el ámbito geográfico de la autorización dentro de su territorio.
A TENER EN CUENTA. Conforme al apartado 2 del artículo 73 del Reglamento de Extranjería, el acceso a la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena por las personas titulares de un visado de búsqueda de empleo se ajustará a lo previsto respecto de estos visados en los artículos 43 a 45 del Reglamento de Extranjería.
¿Cuánto durará la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena? Según el artículo 73 del Reglamento de Extranjería, apartado 4, tendrá una duración igual a la de la actividad a desarrollar, con el máximo de un año, y se limitará, en lo relativo al ejercicio de la actividad laboral y salvo en los casos previstos por la LOEX y los convenios internacionales firmados por España, a un ámbito geográfico autonómico y a una ocupación determinada. No obstante, conforme al apartado 7 del artículo 38 de la LOEX, una vez producida la primera concesión, las autorizaciones se concederán sin limitación alguna de ámbito geográfico u ocupación.
Como novedad relevante del RD 1155/2024, de 19 de noviembre, la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena autoriza también para el ejercicio de una actividad por cuenta propia durante su vigencia, siempre que la actividad principal sea la actividad por cuenta ajena, salvo que esta se haya extinguido de forma sobrevenida por razones ajenas a la voluntad de la persona extranjera. Esta circunstancia deberá comunicarse a la oficina de extranjería que haya concedido la autorización en el plazo de tres días.
