¿Cuándo puede hallarse un extranjero en situación de estancia?
Derecho de extranjería
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Última revisión
26/12/2023

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540 - ¿Cuándo puede hallarse un extranjero en situación de estancia?

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Extranjería

Fecha última revisión: 26/12/2023

Resumen:

Entendemos por situación de estancia la permanencia en territorio español por parte de un extranjero en un periodo de tiempo que no podrá superar los 90 días por semestre a contar desde la primera entrada. Se regula en los arts. 28 y ss. de la RLOEX. 


Entendemos por situación de estancia o estancia la permanencia en territorio español por parte de un extranjero en un periodo de tiempo que no podrá superar los 90 días por semestre a contar desde la primera entrada. Se regula en los arts. 28 y ss. de la RLOEX

Conforme al artículo 29 de la LOEX, los extranjeros pueden encontrarse en España en dos situaciones: de estancia o de residencia. Corresponde en este punto examinar la primera de ellas, a cuyos efectos deben tenerse en cuenta el artículo 30 de la LOEX y el título III del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (RLOEX). 

El citado título III del RLOEX distingue, a su vez, dentro de la situación de estancia entre:

  • Estancia de corta duración, artículos 28 a 36 del RLOEX.
  • Estancia para actividades no lucrativas (estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado), artículos 37 a 44 del RLOEX.