Modelo oficial para solicitar la residencia para teletrabajar con carácter internacional
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Modelo oficial para solic...ernacional

Última revisión
12/01/2024

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Modelo oficial para solicitar la residencia para teletrabajar con carácter internacional

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Vademecum: Extranjería

Orden: administrativo

Fecha última revisión: 12/01/2024

Enlaces: Acceso Modelo Oficial

Resumen:

En el presente modelo encontramos una solicitud de residencia para el llamado «teletrabajador de carácter internacional», esto es, aquel trabajador nacional de un tercer estado que quiere desarrollar una actividad profesional para empresas fuera de nuestro territorio a través de medios telemáticos, informáticos o de telecomunicación.

Junto a los datos que deben completarse en la solicitud de residencia, es importante destacar la documentación que se adjuntará a la misma, consistente en: 

  • Copia del pasaporte o documento de viaje.
  • Justificante de haber abonado la tasa correspondiente (modelo. 790 038) o el justificante de pago si la misma no llega a reflejarse.
  • Acreditación de la relación laboral mínima de tres meses con la empresa con la que desarrollará la actividad profesional.
  • Acreditación de actividad real y continuada de al menos un año junto a la empresa extranjera o grupos de empresas con las que la persona trabajadora mantiene la relación laboral.
  • Carta remitida por la empresa en la que autorice el teletrabajo y los detalles del puesto en el que el trabajador desarrollará su actividad (nómina incluida).
  • Copia del título que justifique el desempeño del puesto o experiencia mínima sustitutiva del primero.
  • Certificado de cobertura de la Seguridad Social o alta en la misma (así como compromiso de alta una vez obtenida la autorización o antes del comienzo del trabajo).
  • Certificado de antecedentes penales del país o países donde la persona trabajadora haya residido en los últimos dos años. También se adjuntará una declaración responsable sobre la inexistencia de antecedentes penales durante los últimos 5 años.
  • Seguro público o privado de enfermedad, el cual no será necesario en caso de alta en la Seguridad Social