Última revisión
20/11/2025
Solicitud de medidas cautelares en materia de extranjería
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 20/11/2025
De acuerdo con el artículo 129 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa:
«1. Los interesados podrán solicitar en cualquier estado del proceso la adopción de cuantas medidas aseguren la efectividad de la sentencia.
2. Si se impugnare una disposición general, y se solicitare la suspensión de la vigencia de los preceptos impugnados, la petición deberá efectuarse en el escrito de interposición o en el de demanda».
A TENER EN CUENTA. Tras la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T.1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales realizadas a las secciones de orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
AL JUZGADO/SECCIÓN DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1) /A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO [LUGAR]
Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR/A CLIENTE] procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE CLIENTE], según acredito mediante poder especial que acompaño y en el que constan sus datos personales, ante el juzgado comparezco con...
