Esquema del procedimiento preferente para expulsión de extranjeros según el real...2011, de 20 de abril
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Última revisión
31/03/2023

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Esquema del procedimiento preferente para expulsión de extranjeros según el real decreto 557/2011, de 20 de abril

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Fecha última revisión: 31/03/2023

Resumen:

El Real Decreto 557/2011 de 20 de Abril establece el procedimiento preferente para expulsión de extranjeros, en sus artículos del 234 a 237 en el que se detallan los supuestos que lo activan, la iniciación y la tramitación. El instructor podrá solicitar al juez de instrucción competente que disponga el ingreso del extranjero expedientado en un Centro de Internamiento de Extranjeros, mientras se realiza la tramitación del expediente. La resolución será motivada y se notificará al interesado. La excepción de la aplicación del régimen general de ejecutividad de los actos administrativos no excluirá el derecho de recurso por los legitimados para ejercerlo. Las comunicaciones se dirigirán a la embajada o consulado del país del extranjero y se procederá a su anotación en el Registro Central de Extranjeros de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. Se detalla la iniciación y la tramitación del procedimiento incluyendo los supuestos en los que se aplica, así como los plazos y las posibles medidas cautelares. El artículo 236 establece la ejecutividad de la resolución y su notificación. El artículo 237 da cuenta de las comunicaciones al consulado o a Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación