Última revisión
09/02/2026
Esquema sobre procedimiento simplificado en materia de extranjería
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Fecha última revisión: 09/02/2026
El procedimiento sancionador simplificado en materia de extranjería regulado artículos 237 a 239 del Reglamento de Extranjería y se refiere a las infracciones leves de las letras a) y b) del artículo 52 de la LOEX. Este procedimiento se iniciará de oficio por acuerdo dictado al efecto por alguno de los órganos competentes o por denuncia formulada por los agentes del Cuerpo Nacional de Policía y debe ser resuelto en un plazo máximo de dos meses desde que se inició. El órgano competente dictará resolución en un plazo de tres días desde que se reciba el expediente en la forma y con los efectos procedentes para sanción de multa.
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