Esquema sobre los tipos de informes de extranjería
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Esquema sobre los tipos d...xtranjería

Última revisión
22/01/2024

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Esquema sobre los tipos de informes de extranjería

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Vademecum: Extranjería

Fecha última revisión: 22/01/2024

Resumen:

Los principales informes emitidos por las comunidades autónomas para acreditar la integración social de los extranjeros en España son: el informe de grado de integración social, el informe positivo de esfuerzo de integración y el informe de adecuación de la vivienda. Estos informes son necesarios para solicitar la autorización de residencia temporal por circunstancias de arraigo social. Así mismo, se explica el informe de grado de integración social, el cual puede ser eximente del requisito de tener un contrato de trabajo, siempre y cuando se acrediten los medios económicos suficientes.

INFORMES DE EXTRANJERÍA

Emitido por: CC. AA.

Emitido por: CC. AA. o entidades locales, en su caso.

Emitido por: CC. AA.

Informe de esfuerzo de integración

Informe de arraigo

Informe sobre vivienda adecuada

Informe de escolarización de menores

  • Ciudadano extranjero que desea renovar su autorización de residencia temporal por ciertos motivos.
  • No es obligatorio pero puede influir en la valoración por la oficina de extranjería.
  • Se solicita en la CC.AA de su lugar de residencia.
  • Requisitos indispensables para arraigo social:
    • Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes.
    • Acreditar su integración social mediante informe de arraigo.
  • Ambos son documentos necesarios.
  • Se emite por la CC.AA donde radique su domicilio habitual o por el ayuntamiento de su lugar de residencia, en su caso.
  • Plazo de 30 días desde la fecha de solicitud.
  • Necesario para aquellos extranjeros que quieran solicitar una autorización inicial para residir temporalmente por reagrupación familiar o, en su caso, al renovarla si ha cambiado.
  • Necesaria una vivienda adecuada para atender las necesidades del mismo y de su familia.
  • Se solicita en la CC.AA donde radique su domicilio habitual o por el ayuntamiento de su lugar de residencia, en su caso.
  • Presentado por extranjeros con menores a su cargo en España y con edad de escolarización obligatoria.
  • Necesario para la solicitud de residencias de larga duración, renovaciones de autorización de residencia, etcétera.
  • Se solicita a la autoridad competente en la CC.AA donde se encuentre escolarizado el menor a cargo en cuestión.