Última revisión
extranjeria
Esquema que muestra el contenido del informe del grado de integración social
Vademecum: Extranjería
Fecha última revisión: 31/03/2023
Resumen:
El informe de arraigo o del grado de integración social se emite por la Comunidad Autónoma en la que tenga su domicilio habitual o por el Ayuntamiento de su lugar de residencia en caso de que así lo haya establecido la Comunidad Autónoma.
PLAZO DE EMISIÓN: 30 días desde la fecha de solicitud.
Se emite por el AYUNTAMIENTO en: | · Andalucía · Aragón · Asturias · Cantabria · Castilla y León · Castilla-La Mancha . Cataluña . Ceuta · Comunidad Valenciana · Extremadura · Galicia · Islas Baleares . Islas Canarias · La Rioja . Madrid . Melilla · Murcia · Navarra . Pais Vasco |
Órgano que emite el informe: | . Cataluña (Departamento de Bienestar social y familia) · Ceuta (Consejería de Asuntos Sociales) · Islas Canarias (Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda) · Madrid [Dirección General de Inmigración (Consejería de Asuntos Sociales)] · Melilla (Consejería de Asuntos Sociales) · País Vasco [Dirección de Inmigración y Gestión de la Diversidad (Departamento de Empleo y Asuntos Sociales)]
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