Última revisión
concursal
Caso en el que se analiza la rescisiónde los actos llevados a cabo por el deudor antes de la declaración de concurso
Tiempo de lectura: 2 min
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 18/04/2023
Resumen:
Este caso práctico examina si los actos llevados a cabo por un deudor antes de la solicitud de declaración de concurso pueden rescindirse. El artículo 226 de la ley concursal establece que los actos perjudiciales celebrados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la solicitud de declaración de concurso pueden ser rescindibles, aunque no se requiere la existencia de una intención fraudulenta. Esta norma también se aplica a los actos celebrados desde la fecha de la solicitud de declaración de concurso hasta la de la declaración. Por lo tanto, aquellos actos que superen este marco temporal no pueden ser rescindidos.
PLANTEAMIENTO
Un empresario decide arrendar dos de sus naves industriales en contratos de arrendamiento celebrados en diferentes fechas:
- Contrato de arrendamiento 1, celebrado el 3 de mayo de 2019.
- Cont…
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