Última revisión
Caso sobre la presentación de la factura rectificativa para recuperar el IVA declarado y pagado en el caso de una reclamación judicial por un crédito incobrable
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 17/04/2023
Resumen:
Si una empresa presenta una reclamación judicial por un crédito incobrable, el acreedor tendrá que comunicar por vía electrónica, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y remitir los documentos pertinentes, en el plazo de un mes contado desde la fecha de expedición de la factura rectificativa. En caso de acuerdo de conclusión del concurso por las causas expresadas en el artículo 465 del TRLC, el acreedor deberá modificar nuevamente la base imponible al alza mediante la emisión, en el plazo que se fije reglamentariamente, de una factura rectificativa.
PLANTEAMIENTO
Si una empresa presenta una reclamación judicial por un crédito incobrable, ¿qué plazo tiene para presentar ante hacienda la factura rectificativa para recuperar el
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