Última revisión
concursal
Caso en el que se analiza la denegación de la condición de crédito privilegiado especial para el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Tiempo de lectura: 6 min
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 18/04/2023
Resumen:
La AP de Tarragona en su sentencia de 3 de septiembre de 2012 resuelve la apelación contra la decisión de la juez a quo de denegar la condición de crédito privilegiado especial al derivado del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Esta sentencia establece que el tributo no recae directamente sobre el bien sino sobre el titular y que el privilegio persigue la titularidad del vehículo. El impuesto es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos aptos para la circulación, gravándose mientras no causen baja en el registro público correspondiente. El privilegio se ejerce con preferencia erga omnes, otorgando un derecho de garantía que recae sobre el bien, permitiéndose el cambio de titularidad sólo una vez acreditado el pago del impuesto.
PLANTEAMIENTO
¿Es posible considerar como crédito privilegiado especial al derivado del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica?
RESPUESTA
En relación con este supuesto se ha pronunciado la AP …
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