Última revisión
concursal
Caso que analiza la consulta a la Dirección General de Tributos sobre la aplicación de los impuestos en una entidad declarada en concurso de acreedores.
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 17/04/2023
Resumen:
Se trata de una entidad declarada en concurso de acreedores, propietaria de un solar, que obtuvo una licencia para construir 80 viviendas, construyendo una primera fase de 30 viviendas y 50 viviendas en una segunda fase. Se plantea la devolución de la liquidación definitiva del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y cuando se considera vencido a efectos del privilegio establecido en el artículo 91.4 de la Ley Concursal respecto a la obligación tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La DGT resuelve que la cantidad a reintegrar se satisface a la entidad en concurso y que la deuda tributaria del IBI 2013 tiene la calificación de crédito concursal.
PLANTEAMIENTO
Una entidad fue declarada en concurso de acreedores el 27/04/2013, y se encuentra en fase de liquidación concursal. Es propietaria de un solar, sobre el que el ayuntamiento otorgó …
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