Última revisión
19/03/2026
Caso práctico: Plazo de pago de los créditos de acreedores públicos afectados por el plan de reestructuración
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 19/03/2026
Los créditos de los acreedores públicos, afectados por el plan de reestructuración, deberán ser íntegramente satisfechos, con carácter general, en el plazo de doce meses a contar desde la fecha del auto de homologación del plan de reestructuración; y de seis meses si se hubiese concedido un aplazamiento o fraccionamiento previamente.
PLANTEAMIENTO
En cuanto a los acreedores públicos (AEAT y Seguridad Social), ¿qué plazo de pago se puede llegar a concretar en el derecho preconcursal para los créditos de derecho público?
RESPUESTA
Conforme al apdo. 2 del art. 616 bis del TRLC, los créditos de derecho público, afectados por un plan de reestructuración, deberán ser íntegramente satisfechos en los siguientes plazos:
«2. Los créditos de...
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