Última revisión
12/04/2023
concursal
540 - ¿Cuál es el procedimiento establecido por la LCSP para la adopción de medidas de carácter colectivo en un concurso de acreedores?
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Fecha última revisión: 12/04/2023
Resumen:
Los artículos 169 a 189 de la ley Concursal regulan los efectos sobre los contratos de trabajo y los convenios colectivos, así como los procedimientos para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, traslado, despido, suspensión de contratos y reducción de jornada de carácter colectivo. Una vez recibida la solicitud, el juez convocará al concursado, a la administración concursal y a los representantes de los trabajadores a un período de consultas. En caso de acordarse la suspensión de los contratos de trabajo de carácter colectivo o el despido colectivo, el auto surtirá efectos constitutivos desde la fecha en que se dicte. La administración concursal, por propia iniciativa o a instancia del concursado, podrá extinguir o suspender los contratos de este con el personal de alta dirección. La modificación de las condiciones establecidas en los convenios colectivos que sean aplicables solo podrá afectar a aquellas materias en las que sea admisible con arreglo a la legislación laboral.
(Artículos 169 y siguientes del TRLC)
La declaración de concurso supondrá, de inicio, que todos los procedimientos de naturaleza laboral referidos a medidas de carácter colectivo quedarán sometidas a …
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