Última revisión
28/04/2023
concursal
1040 - ¿Quién y cuándo puede modificarse el convenio aprobado en el concurso de acreedores?
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Fecha última revisión: 27/04/2023
Resumen:
Existen situaciones en las cuales el concursado podrá presentar una propuesta de modificación del convenio, transcurridos dos años de su vigencia. Dicha propuesta deberá ser acompañada por una relación de créditos satisfechos o pendientes, un inventario de bienes y derechos, un plan de viabilidad y un plan de pagos. La modificación de convenio no afectará a los créditos devengados o contraídos durante el periodo de cumplimiento del mismo, a menos que se adhieran expresamente a la propuesta.
El artículo 401 bis del TRLC, añadido por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, con entrada en vigor el 26 de septiembre de 2022, regula la modificación del convenio.
Transcurridos dos años desde la …
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