¿Cómo se determina la aceptación de la propuesta de convenio y proclamación del ...curso de acreedores?
Derecho concursal
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¿Cómo se determina la ace...creedores?
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Última revisión
13/04/2023

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960 - ¿Cómo se determina la aceptación de la propuesta de convenio y proclamación del resultado en el concurso de acreedores?

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Concursal

Fecha última revisión: 13/04/2023

Resumen:

La determinación de la aceptación de las propuestas de convenio en el concurso de acreedores comienza con la presentada por el concursado. Si no es aceptada, se procederá a determinar la aceptación de las presentadas por los acreedores por el orden de mayor o menor cuantía de los créditos. Una vez aceptada una propuesta, el letrado de la Administración de Justicia proclamará el resultado mediante decreto dentro de los tres días siguientes, con advertencia de los legitimados para oponerse a la aprobación judicial del convenio.


Para determinar la aceptación de las propuestas de convenio, el orden legal de verificación de las mismas será el que determina el artículo 379 del TRLC:

  • Se iniciará por la propuesta presentada por el concursado.
  • Si la del concursado no resultara aceptada, se procederá a la determinación de la aceptación de las presentadas por los acreedores que hubieran sido aceptadas por el concursado por el orden que resulte de la cuantía mayor o menor del total de los créditos titulados por quienes las hubieran presentado.
  • Aceptada una propuesta no procederá computar el resultado de las siguientes.

Cuando una propuesta de convenio haya sido aceptada por los acreedores ordinarios, el LAJ proclamará el resultado mediante decreto y con advertencia a los legitimados del derecho que tienen a oponerse a la aprobación judicial del convenio. Dicho decreto se dictará dentro de los tres días siguientes a aquel en el que hubiese terminado el plazo de adhesiones.